Alerta FLIP: acoso judicial contra Volcánicas

May 14, 2021 | 0 Comentarios

Colombia, 12 de mayo del 2021. (FLIP) – Ciro Guerra solicitó una indemnización por un millón de dólares a @catalinapordios y @MatildeyMilagro. La demanda y la solicitud de indemnización son tan desproporcionados que se entienden como una estrategia de intimidación y acoso judicial contra @VolcanicasRev.

En 2020, las periodistas publicaron un reportaje donde relatan hechos que​ les habían sido confiados por víctimas de acoso y abuso sexual que denunciaban la presunta responsabilidad de Guerra. El reportaje protege la identidad de las víctimas.

Después de intentar acallar las denuncias mediante un proceso penal y dos tutelas, Ciro Guerra arremete esta vez con una demanda civil responsabilizándolas por haber generado afectaciones en «la integridad de la esfera moral» y su carrera profesional.

Esta demanda llega después de que el Tribunal Superior de Bogotá ordenó a las periodistas a rectificar, con esto se puso en riesgo la reserva de la fuente y cuestionó la forma de ejercer el oficio. (Hoy, se publicó una versión extendida protegiendo la identidad de las víctimas).

Nos preocupa:

  1. Que esta es una clara muestra del acoso judicial, que busca castigar económicamente la denuncia de asuntos de alto interés. Estas estrategias, al ser avaladas por un juez, promueven la autocensura y disuaden la publicación de denuncias relevantes para la sociedad.
  2. Guerra pide la eliminación de la publicación. Con esto busca censurar una denuncia legítima y protegida. Además, afecta el derecho colectivo a acceder a información sobre hechos de interés público y a difundirlos con el ánimo de rechazarlos y combatir la violencia de género.
    Al respecto, la @CConstitucional ha protegido la posibilidad de las mujeres de manifestarse a través de estos discursos en diversas esferas sociales, incluyendo los medios de comunicación, con el fin de reforzar la desaprobación social de la discriminación y violencias de género.
  3. La intención de censura es total pues solicita que se ordene a las periodistas abstenerse de realizar cualquier tipo de publicación sobre Guerra. Es decir, también se está contemplando la censura previa, a pesar de que esta está prohibida por la Constitución.
    Estas solicitudes equivalen a órdenes de silencio y tienen un efecto inhibidor, tanto en la prensa, como en las víctimas de hechos relacionados con violencias de género.
  4. Por último, esta acción busca limitar y desconocer que los y las periodistas también tienen derecho a expresar sus opiniones, puntos de vida y sentimientos de manera subjetiva. La opinión no es verdadera ni falsa, buena o mala y no debe ser sancionada.
Nuestros socios

Argentina – Foro de Periodismo Argentino – FOPEA

Brasil – Asociación de Periodismo Investigativo – Abraji

Bolivia – Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia – ANP

Colombia – Fundación para la Libertad de Prensa – FLIP

Cuba – Instituto Cubano de Libertad de Expresión y Prensa – ICLEP

Ecuador – Fundamedios

El Salvador – Asociación de Periodistas de El Salvador – APES

Guatemala – Instituto Demos

Honduras – Comité por la Libre Expresión – C-Libre

México – Article 19 – México y Centroamérica

Nicaragua – Fundación por la Libertad de Expresión y Democracia en Nicaragua

Perú – Instituto de Prensa y Sociedad – IPYS

Venezuela – Instituto de Prensa y Sociedad – IPYS Venezuela

Uruguay – Centro de Archivos y Acceso a la Información – CAinfo

Paraguay – Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA)