Ecuador, 30 de septiembre (FDM). El Consejo Nacional Electoral del Ecuador (CNE) a través de las delegaciones provinciales obliga a firmar a los vocales de las Juntas Provinciales Electorales un “ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN, PARA LA VINCULACIÓN DE PERSONAL AL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL”.
El documento de cuatro páginas tiene como objeto “garantizar la reserva, confidencialidad y no divulgación de información y datos que maneje información institucional, que por motivo de su actividad, funciones y servicios llegare a conocer, tener acceso, hacer uso o manejo de ella; y de aquella que el Consejo Nacional Electoral, pondrá en su conocimiento o a disposición de las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad en el Consejo Nacional Electoral, Delegaciones Provinciales Electorales y el Instituto de la Democracia”.
La Cláusula Cuarta donde se establecen las obligaciones para el suscriptor señala que: “El Suscriptor(a) se obliga de forma irrevocable ante el Consejo Nacional Electoral a no revelar, divulgar o facilitar bajo cualquier forma a ninguna persona natural o jurídica, sea esta pública o privada (…) toda la información relacionada con el ejercicio de sus funciones, como así también las políticas y/o cualquier otra información vinculada con sus funciones y/o al de la Institución”.
También que “el Suscriptor (a) se obliga a mantener reserva y confidencialidad respecto de la información que reciba del Consejo Nacional Electoral y a no divulgar ni entregarla sino a los funcionarios autorizados para el efecto.”
Para el consejero electoral Luis Verdesoto, esta disposición violaría la Libertad de Expresión desde dos aristas: la primera es que se generaría una censura en los vocales de las Juntas Provinciales Electorales pues estarían impedidos de entregar información sabiendo que firmaron un documento de confidencialidad. La segunda dimensión es que los medios de comunicación no podrán tener diversidad de información y solo tendrán que recurrir a una fuente oficial.
“El propósito político es obligar a que la única comunicación con los medios la tenga el presidente de la junta provincial, desean capitalizar la información”, alertó Verdesoto.
A través del Memorando Nro. CNE-CLVC-2020-0271-M Quito del 28 de septiembre de 2020, Verdesoto advierte que este documento tiene irregularidades y puede constituirse en una mordaza que afecte a la transparencia del proceso electoral del 2021 por las siguientes razones: Irregularidad de la obligación de confidencialidad de los miembros; Innecesarias amenazas de sanciones legales con un enfoque de amedrentamiento; Ilegalidad de la renuncia al fuero de corte; Vulneración de las garantías de gestión del artículo 38 del Código de la Democracia y Falsedad del carácter obligatorio del Acuerdo.