Ciudad de México, a 21 de octubre de 2020. (ARTICLE 19) – El pasado 2 de octubre, Pío Lorenzo López Obrador, militante del partido político Morena[1] y hermano del presidente Andres Manuel López Obrador, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República (FGR) en un acto de hostigamiento judicial contra Carlos Loret de Mola en el medio LatinUs.
Según información publicada el 18 de octubre en el sitio LatinUs, la denuncia es contra “quien resulte responsable”[2]por la difusión de materiales videograbados en donde Pío López Obrador recibe paquetes con dinero en efectivo supuestamente para apoyar la campaña de su hermano a la presidencia[3]. La denuncia interpuesta cita el Artículo 211 Bis del Código Penal Federal[4] y describe la divulgación de los videos como “hechos presuntamente constitutivos de delitos cometidos en agravio de su persona y de su familia […] a través del espacio de comunicación Latinus, dirigido por el periodista Carlos Loret de Mola.”[5]
El texto citado también argumenta que se violentó el derecho a la intimidad de Pío López Obrador y que “si bien pudieron ser lícitamente obtenidas, ello no genera el derecho para que las mismas puedan ser reveladas y mucho menos divulgadas en un medio de comunicación.”[6]
El Presidente públicamente se distanció de la denuncia en la conferencia mañanera del 19 de octubre indicando que deslinda “lo público de lo familiar” y que no tiene “nada que ver en esto”. Insistió que no es una persecución y catalogó el hecho como un acto meramente particular entre su hermano y Carlos Loret de Mola[7].
Esta denuncia penal se da en el marco de previas agresiones contra Carlos Loret de Mola y el portal LatinUs a raíz de sus investigaciones. El año pasado, tras la publicación de una investigación sobre algunas propiedades de Manuel Bartlett, director de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el periodista fue llamado “sicario mediático” directamente por la vocería de este organismo.[8] Irma Eréndida Sandoval y John Ackerman, titular de la Secretaría de la Función Pública y su esposo,[9] utilizaron este mismo término en contra del periodista y ha sido repetido por el ejecutivo federal en múltiples ocasiones para agredir a periodistas críticos de las políticas gubernamentales de la Cuarta Transformación (4T)[10].
Para ARTICLE 19 esta denuncia penal que busca inculpar a Carlos Loret de Mola y a LatinUs representa una herramienta para intimidar y provocar autocensura en investigaciones periodísticas, particularmente aquellas de corrupción del poder ejecutivo. Contrario a los argumentos presentados en la denuncia, los videos publicados son material periodístico que, con independencia de su origen, dan cuenta de hechos de interés público.
A pesar de las declaraciones del Presidente buscando categorizar el hecho como un tema privado y personal de su hermano, lo cierto es que los hechos ocurrieron durante los esfuerzos de campaña recaudando fondos para apoyar el partido Morena y a su campaña política a la Presidencia[11]. Si bien, aunque los marcos normativos aplicables sí protegen el derecho a la privacidad, la Corte Interamericana de Derechos humanos ha reiterado que “Aquellas personas que influyen en cuestiones de interés público se han expuesto voluntariamente a un escrutinio público más exigente […]”[12].
ARTICLE 19 resalta también que el Artículo 211 Bis del Código Penal Federal es contrario a los principios democráticos que protegen el libre ejercicio periodístico, com lo son a) que las normas que sancionan conductas sean claras y permitan ampliar los supuestos de aplicación; b) primacía de la publicidad en temas de interés público frente a la privacidad u honor de las personas; c) que las personas con proyección pública toleren en mayor medida el escrutinio público; d) fomento a la pluralidad mediática y a la aportación de información al debate público.
Lo anterior debido a que el tipo penal criminaliza a quienes revelen o divulguen estos materiales. Asimismo, contraviene los estándares interamericanos donde se resalta que en sus dimensiones individual colectiva “una restricción de las posibilidades de divulgación representa directamente, y en la misma medida, un límite al derecho de expresarse libremente.”[13] En suma, el uso de este tipo de delitos para criminalizar periodistas con líneas editoriales críticas a quienes se encuentran en el poder, puede implicar acoso judicial.
En vista de lo anterior ARTICLE 19:
- Reitera al Presidente López Obrador, y a demás personas funcionarias del poder ejecutivo su obligación de cesar el discurso estigmatizante contra Carlos Loret de Mola y LatinUS, así como periodistas quienes ejerzan su libertad de prensa. Señala también la necesidad de reconocer la importancia de las y los periodistas en el fortalecimiento de la democracia así como en su rol de brindar información de interés público a la sociedad.
- Exige a la persona Agente del Ministerio Público Federal que conoce de dicha denuncia, que ejerza las facultades conferidas para concluir el proceso a partir de las normas procesales aplicables, debido a que se trata de una denuncia encaminada a criminalizar la labor periodística.
- Invita a la Legislatura LXIV Legislatura del Congreso de la Unión de México, analizar la norma contenida en el Artículo 211 bis a fin de armonizar su contenido con los máximos estándares en materia de libertad de expresión.
[1] En acorde al Padrón de afiliados del Instituto Nacional Electoral (INE), Pío López Obrador es militante del partido Morena con registro en el estado de Chiapas. Ver: https://www.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos-nacionales/padron-afiliados/
[2] Carlos Loret de Mola A. Pío López Obrador pide que me encarcelen por 12 años. Washington Post. https://www.washingtonpost.com/es/post-opinion/2020/10/18/pio-lopez-obrador-carcel-loret/
[3] Carlos Loret de Mola A. Los videos de Pío López Obrador recibiendo dinero para la campaña de su hermano. LatinUs. https://latinus.us/2020/08/20/videos-pio-lopez-obrador-recibiendo-dinero-para-campana-de-su-hermano/
[4] “A quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, se le aplicarán sanciones de seis a doce años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa. Ver: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_010720.pdf
[5] LatinUs. Pío López Obrador exige 12 años de cárcel por la difusión de su videoescándalo y señala a Carlos Loret. https://latinus.us/2020/10/18/pio-lopez-obrador-exige-carcel-difusion-videoescandalo-senala-loret/
[6]LatinUs. Pío López Obrador exige 12 años de cárcel por la difusión de su videoescándalo y señala a Carlos Loret. https://latinus.us/2020/10/18/pio-lopez-obrador-exige-carcel-difusion-videoescandalo-senala-loret/
[7] Arturo Rodriguez García. En funciones públicas “no tengo hermano”: AMLO al deslindarse de denuncia de Pío contra Loret. https://www.proceso.com.mx/653771/en-funciones-publicas-no-tengo-hermano-amlo-al-deslindarse-de-denuncia-de-pio-contra-loret
[8] Contrapeso Ciudadano. CFE llama “sicarios del periodismo” a quienes publican investigaciones sobre Bartlett. https://www.contrapesociudadano.com/cfe-llama-sicarios-del-periodismo-a-quienes-publican-investigaciones-sobre-bartlett/
[9]El Universal. Da 4T espaldarazo a Irma Eréndira Sandoval por propiedades. https://www.eluniversal.com.mx/nacion/politica/da-4t-espaldarazo-irma-erendira-sandoval-por-propiedades
[10] La Otra Opinión. Aplaude Ackerman que AMLO apruebe que llame “sicariato mediático” a periodistas. https://laotraopinion.com.mx/aplaude-ackerman-que-amlo-apruebe-que-llame-sicariato-mediatico-a-periodistas/
[11] Hector Molina. Dinero entregado por Pío López Obrador a David León fueron aportaciones al movimiento: AMLO. El Economista. https://www.eleconomista.com.mx/politica/Dinero-entregado-por-Pio-Lopez-Obrador-a-David-Leon-fue-aportacion-al-movimiento-AMLO-20200821-0023.html
[12] Corte Interamericana de Derechos Humanos. CUADERNILLO DE JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Nº 16:LIBERTAD DE PENSAMIENTO Y DE EXPRESIÓN. https://www.corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/cuadernillo16.pdf
[13]Corte Interamericana de Derechos Humanos. CUADERNILLO DE JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Nº 16:LIBERTAD DE PENSAMIENTO Y DE EXPRESIÓN. https://www.corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/cuadernillo16.pdf