Quito, 04 de marzo (FDM)-El 04 de marzo, la Defensoría del Pueblo envió un comunicado al canal Ecuavisa en el cual insta a retirar inmediatamente de su parrilla el segmento “Pequeños Influencers”. La institución asegura que ese tipo de programas puede afectar el autoestima e imagen de los niños e, incluso, exponerlos a riesgos mayores como acoso cibernético y/o pederastia.

“Pequeños Influencers” se transmite dentro de la revista de variedades En Contacto, desde las 10:30 hasta las 13:00, e incentiva a niños de entre 8 y 12 años a participar en retos a través de Instagram, TwitterYoutube y TikTok. Uno de los presentadores aseguró que el espacio busca el desarrollo de las capacidades y potenciales en quienes generan contenido a través de redes sociales. Además, aclaró que dichas plataformas son vigiladas por los padres, quienes dieron el consentimiento por escrito de su participación.

En el comunicado enviado por la Defensoría a Ecuavisa con copia al Consejo Nacional para la Igualdad Generacional y al Consejo de Regulación, Desarrollo  y Promoción de la Información y Comunicación, se indica que, de acuerdo a estándares internacionales, la edad mínima para el uso de redes es de 14 años. Además, solicita que se promueva, junto a otros medios, una campaña dirigida a la ciudadanía para educar sobre el uso seguro de Internet y sus plataformas.

Harold Burbano, director general tutelar de la Defensoría, explicó a Fundamedios que iniciaron una investigación defensorial y emitieron el exhorto amparándose en el artículo 81 de la Ley de Defensa al Consumidor y en el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, el cual les faculta para hacerlo. “La Defensoría del Pueblo tiene la capacidad para promover todos los procesos de protección y promoción de Derechos Humanos. Esa es nuestra facultad constitucional”, señaló.

Sin embargo, el literal g del artículo 6 de la Ley establece como competencia de la Defensoría: “emitir alertas, dictámenes, pronunciamientos, recomendaciones, informes, exhortos, propuestas o informes sobre acciones u omisiones de todas las instituciones del Estado en cuestiones relativas a la protección y promoción de los Derechos Humanos y la naturaleza”. Cabe indicar que los exhortos, según la normativa, deben dirigirse a entes estatales y no a empresas privadas, como es el caso de Ecuavisa.

La Defensoría recibió el 3 de marzo una alerta de la organización Grupo Escolar en que se explica que dicho programa podría afectar los derechos de niños, niñas y adolescentes. Con base en esa comunicación empezaron la investigación defensorial. “Nuestra intervención se relaciona al ejercicio de derechos y una posible afectación, no al contenido”, aclaró Burbano.

Fundamedios consultó acerca del pronunciamiento al abogado Ismael Quintana, quien cree que la institución defensorial excedió sus atribuciones. “La Defensoría lo que está diciendo es que recibió una alerta y frente a esa alerta lo que hace es emitir un comunicado exigiendo a Ecuavisa que retire del aire al programa y eso no va a surtir efecto jurídico. La Defensoría puede tomar medidas frente a denuncias sobre violaciones de derechos fundamentales, pero las medidas no le convierten ni en juez ni en superintendente al Defensor del Pueblo”, puntualizó. El abogado aseguró que adelantarse a emitir un exhorto, sin siquiera haber culminado la indagación, podría vulnerar otros Derechos Humanos.

Quintana aseguró a Fundamedios que debió haber una queja formal o una denuncia en la que se pida formalmente a la Defensoría dar paso a una investigación porque hay violación concreta a los derechos de los niños y adolescentes por efectos de la transmisión del programa de Ecuavisa. “Esa sería la vía constitucional legalmente establecida. De lo contrario, lo otro sería simplemente mediatizar un tema en redes sociales y, a la larga, no se resuelve el tema ni a favor ni en contra de nadie”.

En ese contexto, Fundamedios no cuestiona la tutela y vigilancia de la Defensoría del Pueblo frente a los derechos de niños, niñas y adolescentes; sin embargo, considera que debe acogerse a la legislación y no exceder sus atribuciones. Además, la organización recuerda que Ecuador cuenta con una Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y esta norma debería ser tomada en cuenta en el análisis de temas que competen al entorno mediático.

Edison Toro, presidente del Consejo de Comunicación, indicó a Fundamedios que, de acuerdo al artículo 68 de la LOC, trabajan en un informe técnico de contenido respecto al programa. El análisis será remitido a la Defensoría del Pueblo como estipula esta misma Ley.

La tarde del 5 de marzo, En Contacto emitió un comunicado en el que aclaró que el segmento fue presentado únicamente el 2 marzo y dejó de ser emitido ese mismo día. “Hacemos un llamado para que sin violencia, amenazas ni amedrentamientos, converjan en un espacio de opinión: autoridades, medios de comunicación, universidades, profesionales, maestros, y la ciudadanía en general y se obtengan insumos que sirvan de línea base para la construcción de políticas, manuales de estilo, protocolos entre otros que coadyuven a salvaguardar la integridad de los NNA sin atentar sus derechos”, menciona el documento.