El IPYS rechaza control de contenidos desde el poder judicial

Dic 5, 2018 | 0 Comentarios

El 5 de noviembre del 2018 el primer juzgado mixto de Wanchaq, en el Cusco, ordenó al canal Latina abstenerse de difundir el programa humorístico La Paisana Jacinta y retirar las emisiones que existieran del mismo en YouTube, por considerarlo denigratorio hacia las mujeres indígenas andinas.

Para imponer esta restricción la jueza no desarrolla ningún argumento sustentatorio.

Esta sentencia es inconstitucional y arbitraria porque prohíbe contenidos sin cumplir mínimas exigencias de motivación. La Corte Suprema, el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que para limitar la libertad de expresión los jueces deben ceñirse a los límites estrictos de la ley y sobre todo sustentar su decisión.

Lee aquí la sentencia completa.

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