(Bogotá, Colombia, 17 de mayo 2023 – FLIP) Celebramos la reciente sentencia T-087 de 2023 de la Corte Constitucional que reconoce la violencia en línea contra las mujeres periodistas y establece responsabilidades para prevenirla y sancionarla. Este fallo es producto de una acción de tutela impulsada por la FLIP, en octubre del 2020, en la que representamos a nueve mujeres periodistas de todo el país y distintos medios de comunicación, que han sido hostigadas en redes sociales. Los ataques que sufren en razón de ser mujeres y periodistas fueron impulsados por actores políticos que obtuvieron réditos por sus acciones.
Para la FLIP esta sentencia es fundamental porque le recuerda al Estado y a los funcionarios públicos su deber de garantes de la libertad de expresión y el impacto que pueden tener sus declaraciones en la vida y el trabajo de las periodistas. Del mismo modo, la Corte recoge el argumento de la FLIP que señala que los mensajes en redes sociales de actores políticos que atacan a las periodistas activan conversaciones hostiles en su contra y fomentan un ambiente de autocensura en el periodismo y el debate público.
A continuación resaltamos tres puntos fundamentales de esta sentencia:
1. En el fallo las y los magistrados señalan que la violencia en línea contra las mujeres periodistas, ejercida por actores políticos, constituye una afrenta contra la libertad de expresión y tiene un impacto negativo para el debate público. En palabras de la Corte: “acallar a la mujer periodista es una manifestación de la tendencia a que ciertos hechos no se develen, sobre todo en democracias deficitarias o con tendencia a gestionar sus problemáticas por canales distintos al diálogo racional”.
A partir de los casos presentados por la FLIP, la Corte concluye que las periodistas “han recibido insultos, amenazas, y comentarios que buscan descalificar su trabajo periodístico o generar un odio viral en su contra”.
2. Según la sentencia de la Corte, las agresiones en línea contras las mujeres periodistas pueden llevar a que se materialicen otro tipo de violencias, como agresiones físicas o amenazas. Sobre esto, en la FLIP pudimos constatar que algunas de las periodistas que son insultadas en redes sociales también han recibido amenazas en su contra o contra sus familiares.
Para las y los magistrados de la Corte “es pertinente recordar que estos actos de violencia pueden llevar a que las mujeres se abstengan de usar internet, de aislarse socialmente, retirarse de la vida pública, e incluso, ha traído como consecuencias la movilidad reducida, esto es, la pérdida de libertad para desplazarse en condiciones de seguridad, o daños o sufrimientos psicológicos, físicos, sexuales o económicos”.
3. Para la Corte es necesario establecer acciones para solucionar el déficit en la normatividad para tramitar este tipo de agresiones. Estos vacíos demuestran que hasta ahora la violencia en línea contra las periodistas ha estado invisibilizada y no ha sido sancionada. Para la Corte, el Estado, los movimientos, partidos y actores políticos están en la obligación de propender por el respeto de la Constitución y la ley, y defender y difundir los derechos humanos. Su actuar y los estatutos por los cuales se rigen deben ser un reflejo de dichos deberes.
Por eso, en su fallo la Corte:
A. Exhorta a los partidos y a los movimientos políticos a adoptar en sus códigos de ética directrices que permitan sancionar a las y los miembros que promuevan o ejerzan violencia en línea contra mujeres periodistas. Asimismo, deben crear rutas de atención para que las víctimas puedan tramitar sus casos. Finalmente, deben realizar planes de formación y capacitación para miembros y afiliados sobre perspectivas de género y violencia en línea contra mujeres periodistas.
B. Ordena que en dos meses, la Fiscalía, la Procuraduría, la Defensoría, el Ministerio de Justicia, el MinTIC y el Consejo Nacional Electoral (CNE) deben publicar en sus páginas web contenido informativo que permita ilustrar la violencia en línea contra mujeres periodistas.
C. Ordena a los ministerios de Justicia y TIC deben iniciar gestiones para presentar en tres meses un proyecto de ley que regule la violencia en línea contra mujeres, especialmente contra las periodistas.
D. Ordena que en el término de 48 horas a partir de que se notifique la sentencia, el CNE inicie las gestiones para, dentro de tres meses, presentar un proyecto de ley que cree un mecanismo de denuncia y trámite que articule al Estado para combatir las agresiones en línea contra las periodistas.